LOS PROYECTOS DE LEY SOPA, PIPA
PROYECTOS DE LEY SOPA, PIPA
Como una
medida de sancionar a los que reproducen material musical, literatura, obras,
proyectos etc. entre otros, el Congreso
de EE.UU. aún evalúa la posibilidad de establecer sanciones y una severa
vigilancia a los sitios web que fomentan la piratería. Por tal motivo se creó
proyectos que a continuación detallamos.
STOPPING
ONLINE PIRACY ACT (SOPA) y PROTECT
IP ACT (PIPA) son probablemente dos de
las iniciativas legislativas más impopulares impulsadas por la legislación
estadounidense en los últimos años. Ambas normas buscan combatir agresivamente
la difusión no autorizada de material protegido con copyright a través de la
red de redes.
De
aprobarse ambas iniciativas, cualquier sitio web (independientemente del lugar
donde se encuentre) será pasible de sanción si es que permite el alojamiento de
contenidos ilegales. La norma establece además que los servidores serán
sancionados si mantienen por un breve espacio de tiempo a las webs con
contenidos con derechos de autor.
Esto
obligaría a diversas web a activar mecanismos de autocensura y a filtrar la
actividad de sus usuarios para evitar que incumplan la norma, lo que acarrearía
el cierre de la página. Es decir, la imposición de una vigilancia extrema y de
la limitación de libertades en internet.
Lo que
pretende la norma es impedir el acceso a las páginas que facilitan la descarga
de contenidos piratas retirándola de los servidores, censurándolas de los
buscadores y obligando a los proveedores de Internet a bloquearlas para los
internautas.
La
distribución de copias ilegales también será castigada y se restringirá el
acceso a páginas que contengan producciones protegidas por los derechos de
autor.
DERECHOS
DE AUTOR
Erick
Iriarte, abogado especialista en temas informáticos del Estudio Iriarte &
Asociados, explicó, que lo que la ley SOPA pretende “es regular el entorno
digital y proteger a la industria de contenido, específicamente del contenido
que no es creado en la red. Sin embargo, esa norma choca con todo el contenido
que es creado en línea por millones y millones de usuarios”.
Para
Iriarte, el tema principal es que se trata de una ley pensada en que solo
algunas pocas personas pueden ser creadoras. “La ley de derecho de autor
protege el derecho humano, de todos, de crear, no de algunos”, detalla. A su
entender, lo que esta norma hace es generar censura previa. “Puede terminar
bloqueando la libertad de expresión bajo una aparente protección de la
propiedad intelectual. Bajo ese argumento es que la Casa Blanca no ha apoyado
esta ley”, subraya.
ALERTA EN
LA RED
Tanto
SOPA como PIPA siguen en evaluación en el Congreso de Estados Unidos, motivo
por el cual páginas como Reddit, Boing Boing y Wikipedia han decidido cerrar
durante 24 horas como medida de protesta ante las pretendidas normas. El hecho
de que Wikipedía, la sexta página más visitada de Internet, se una a la
protesta convierte a este en una acción sin precedentes.
Otras
páginas como Google, Facebook, Twitter, eBay y Mozilla, también han manifestado
su rechazo a las impopulares SOPA y PIPA.
Derechos
de autor en Perú: una historia de piratas, ciudadanos y mediadores
Por
Alfonso Rivadeneyra García.
En enero
último un proyecto de ley de EEUU de combate a la piratería
motivó a que internautas de todo el mundo se quejaran, pues la “cura”
era “más mala que la enfermedad”. Perú no estuvo ajeno a las protestas,
pues los derechos de autor aquí son un tema gracias a internet cada vez más
discutido.
Decreto
legislativo Nº 822 Ley sobre el derecho de autor. Tal es la norma
peruana que regula los derechos de la “persona natural que realiza la creación
intelectual (autor)”. Este documento modificado por el DL N°1076
establece puntos a ser cumplidos en todo el país en beneficio de los creadores
de libros, canciones, películas, etc.
El
derecho de autor tiene dos partes: derechos morales (identidad del autor) y
patrimoniales (relativos al lucro). En EEUU existe el copyright,
que no es una traducción del derecho de autor. Son similares, pero el segundo
se enfoca más a lo patrimonial.
Hay dos
opciones para el autor: administrar por sí mismo sus derechos o valerse de las sociedades
de gestión colectiva (SGC), organizaciones que recaudan dinero por
regalías y regentan derechos.
Bajadas
y bajadas
La ley
dice que el autor puede prohibir la copia no autorizada de su creación. ¿Pero
qué ocurre cuando descargas vía internet un archivo de música mp3 sin
tener el disco original? Según Martín Moscoso, director de Derecho de
Autor del Indecopi, la piratería no está en nuestro marco legal, pero nos
regimos por el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad
Intelectual (ADPIC), que la define como aquella reproducción
comercial sin autorización del autor.
Para el
funcionario, no hay problema si el mp3 es solamente descargado de de
plataformas autorizadas como iTunes. De lo contrario, es ilegal.
En el
caso de YouTube, popular web para reproducir videos, hay piezas totalmente
legales, creadas por los usuarios. Aún así, resaltó Moscoso, tiene archivos
(videoclips, cortometrajes, películas, etc.) reproducidos “sin autorización de
los autores y titulares”. El entrevistado precisó que “el visionado no es
piratería”.
¿Y en Perú,
si alguien baja ilegalmente un archivo mp3 puede ir a prisión?
Moscoso:
“Nadie tiene que ir a la cárcel (…) no hay una visión extrema y lamentablemente
en el Perú a tal punto no es extrema que ni siquiera hay un pirata en la cárcel
por la piratería pura, dura y masiva”.
Los
reyes de la colina
Moscoso
informó que según un estudio económico realizado en el 2002, los montos de la piratería
fonográfica alcanzaban los 300 millones de dólares en Perú y que el
negocio de “las grandes mafias” estaba en la provisión de insumos, o sea CD y
DVD. Dijo que “un pequeño holding grupo
de empresas de un mismo rubro importador de discos en solo tres meses movió
siete millones de dólares. “Si esto lo multiplicamos por los cuatro trimestres,
podemos decir que movía 28 millones de dólares anuales”.
En 2005
las importaciones de discos precisó el funcionario alcanzaron un pico de
144 millones de unidades “de las cuales las industria formal (…) no sobrepasaba
las 20 millones”. El exceso era de “124 millones de unidades” que iban
“al mercado pirata”.
La
entidad del Estado es enfática al decir que este negocio produce
“ingentes cantidades de dinero, no necesariamente al ambulante que las vende,
sino para las personas que están detrás”.
Torcidos
de autor
Le
preguntamos a Erick Iriarte, abogado especialista en derechos de autor,
qué considera como el mayor problema en dicho campo. “Ha perdido su noción
básica de derecho humano” porque durante años se vio a los autores “como un
grupo de personas que podían crear y se perdió la noción básica de que tú, yo,
cualquiera somos creadores de cualquier cosa”.
En este
punto difiere Carlos Ferreyros, doctor en derecho de la Universidad
de Montpellier I (Francia), para quien “los rasgos principales de la
creación en la propiedad intelectual (“tronco” del cual nacen los derechos de
autor), siguen siendo humanos” y están “vinculados a la originalidad y a la
innovación”.
Para Indecopi,
en Perú es necesaria la intervención del Poder Judicial, que es la
“pata” coja de la hipotética mesa de lucha anti piratería.
En el
caso de Rubén Ugarteche, director general de la Asociación Peruana de
Autores y Compositores (APDAYC), en este país falta
conocimiento de los derechos de autor por parte del Estado y los usuarios, así
como la inexistencia de una “cultura de respeto a la propiedad intelectual”.
Por su
parte Óscar Montezuma, abogado ex miembro de la Comisión de Derechos
de Autor de Indecopi, señaló que no hay una industria nacional interesada
en utilizar los derechos de autor “como herramienta, discutir sus
alcances y valorarlos en su real dimensión”. De igual modo, mencionó que hay
mucho desconocimiento de la una ley “bastante compleja”.
Sociedades
de cuidado
Las
sociedades de gestión colectiva (SGC) no solo administran derechos de
autor, sino derechos conexos (relacionados al primero, como de los
cantantes, productores y músicos). Hay siete en Perú, de las
cuales la que más recauda, más demandas ha iniciado y, a su vez, más veces ha
sido demandada –según Indecopi- es APDAYC. Como dato adicional,
la Asociación Nacional de Artistas, Intérpretes y Ejecutantes (ANAIE)
–actualmente baja de oficio- será investigada por Indecopi, que pidió una
auditoría financiera del periodo 2009 al 2011.
¿Son
transparentes las SGC? Para Moscoso, esto es algo a lo que se debe llegar. “En el caso peruano
hemos pasado del oscurantismo y estamos (…) en un tránsito hacia la
transparencia”.
Como dice
Montezuma, las SGC “funcionan en condiciones monopólicas, lo que hace
que su actividad se preste para abusos y problemas de transparencia”, en lo
cual ni APDAYC o ANAIE –indicó-son la excepción.
Roces
entre las SGC y artistas no son novedad. Por ejemplo en 2010 un funcionario de APDAYC
intentó cobrar a la banda Adictos al Bidet en un lugar público cuando el grupo
no tenía canciones registradas en dicha sociedad. El cobrador mencionó que se
asume la posibilidad de que la banda toque temas de otros autores peruanos o no
con derechos administrados por APDAYC.
En casos
de este tipo las SGC no pueden cobrar por repertorios que no representan el
director de APDAYC dijo lo mismo. En caso de que una SGC haga una
demanda, deberá probar si los implicados difundieron temas que no debían.
En el
caso musical, quien hace comunicación pública de temas protegidos podría hacer
pagos a distintas SGC, como de autores y compositores (APDAYC),
productores fonográficos (Unimpro) e intérpretes o ejecutantes (ANAIE).
El usuario puede comprender que le cobran varias veces lo mismo, cuando no es
así. Por eso Indecopi sugiere la implementación de una “ventanilla única”: que
una sola entidad haga la cobranza y reparta lo que corresponde a cada sociedad.
¿Y cuando
una peluquería –donde el uso de música no es vital- pone la radio debe pagar a
las SGC por hacer una comunicación pública de obras protegidas cuando la
radioemisora ya paga? ¿No es algo injusto?
La
asesora legal de la Unión Peruana de Productores Fonográficos (UNIMPRO),
Yvett Jorg-Lizano, contó a este medio que el cobro sí se puede dar, pues el DL
822 lo avala al ser un “nuevo acto de explotación de la obras o fonogramas
musicales”. Igual respuesta obtuvimos del representante de APDAYC, para
quien esto “no es un abuso porque es un derecho establecido en la ley”.
Como no
todos los creadores buscan el lucro con su trabajo, existe la alternativa del copyleft,
licencias que proponen libertad en los derechos para difundir de manera
comercial o no la creación intelectual, siempre reconociendo al autor original.
Dos conocidas licencias copyleft son Creative Commons y ColorIURIS.
Megaupload
y la Ofensiva global
Las
leyes en EEUU son más estrictas y no es para menos: solo en 2010 las
pérdidas por piratería de software alcanzaron los 59 mil millones de dólares y
si agregamos las pérdidas de estudios de cine, la cifra aumenta. Así, el
republicano Lamar S. Smith introdujo a la cámara baja del Congreso un
proyecto de ley para proteger las ganancias de los creadores ante webs que –en
teoría- violan el copyright: la Stop Online Piracy Act (SOPA).
La SOPA
sentó agria al plantear que los proveedores de servicios de internet
(ISP) bloqueen el acceso a dominios infractores completos, que además no
podrían recibir dinero por publicidad ni aparecer en buscadores como Google.
Ejemplo: si tienes un blog en wordpress.com y otro usuario de la plataforma
incumple los derechos de autor, todo Wordpress será inaccesible si los ISP
intervienen. Justos pagando por pecadores, versión siglo XXI.
El 18 de
enero más de 10 mil sitios web protestaron en el mundo contra SOPA, pero esto
no quedó allí. El día 19 el FBI y la Justicia de EEUU acusaron a Megaupload
página donde se almacenaban gigas y gigas de material protegido por copyright
de piratería. Su millonario creador fue arrestado en Nueva Zelanda y la web,
cerrada. Ese día miles de personas identificadas con el grupo de
activistas Anonymous sobrecargaron webs estatales de EEUU, como la misma FBI,
inhabilitándolas.
Si al
tema de las SGC le sumamos SOPA y Protect IP ACT (PIPA), proyecto de ley similar al anterior)
tenemos un caldo de cultivo para interrogantes. ¿Deben las leyes cambiar ante
un flujo de información que cada día conoce menos barreras? ¿Y en Perú no
tenemos dificultades propias?
A esto
último se refiere Maité Vizcarra, investigadora en tecnologías de la
información a quien le llama la atención que algunos se preocupen por un tema
(en referencia al activismo contra SOPA) que “nos afecta muy
tangencialmente” porque en nuestro país la mayoría de conexiones a internet
están en la costa, en especial Lima.
Ante variables
como la piratería, legislación, tratados internacionales, SGC y
descargas, no será poco común y, mucho menos, tarea fácil poner los
derechos de autor sobre la mesa y llegar a un acuerdo. Mientras tanto, internet
no conoce pausa. La pregunta es ¿hasta cuándo?
Anonymous
lanza el mayor ataque de la historia contra EE.UU.
El reconocido grupo de hackers derribó la página del Departamento de
Justicia de ese país y las de asociaciones relacionadas con las discográficas.
Y se espera un ataque a whitehouse.gov.
El sitio del Departamento de Justicia de Estados Unidos y la de la
productora Universal Music, entre otras, están fuera de servicio tras ser
bloqueadas, hecho que se atribuyó hoy el grupo de piratas informáticos
Anonymous, en protesta por el cierre de la página de descargas Megaupload.
La cuenta de Twitter de Anonymous corrobora que la caída de los portales
es obra suya y bautizan el pirateo de esas páginas como “Operación Represalia”.
Además de los sitios del Departamento de Justicia estadounidense y la
productora Universal Music, también han limitado el acceso a la página de la
Asociación Americana de la Industria de Grabación, la asociación de jefes de
Policía del estado de Utah y la página de registro de la propiedad intelectual.
El FBI anunció el cierre de la página de descargas Megaupload tras una
investigación de dos años que se ha saldado con la detención de cuatro personas
en Nueva Zelanda por un supuesto delito de piratería informática.
Los piratas informáticos han bromeado con “hackear” también la página
web del FBI y dicen a los usuarios que consigan pororó para lo que queda de
noche.
Se trata, aseguran, de “el mayor ataque jamás perpetrado de Anonymous”,
en el que participan al menos 5.635 personas.
Las autoridades acusan a Megaupload de formar parte de “una organización
criminal responsable de una enorme red de piratería informática mundial” que ha
causado más de 500 millones de dólares en daños a los derechos de autor.
El FBI señaló que la operación desvelada hoy no tiene conexión con el
proyecto de ley antipiratería SOPA, promovido por el Congreso de EE.UU. y que
provocó el “apagón” ayer de varias páginas en señal de protesta.
El proyecto SOPA obligaría a los motores de búsqueda, los proveedores de
dominios y las empresas de publicidad estadounidenses a bloquear los servicios
de cualquier página web que esté bajo investigación del Departamento de
Justicia estadounidense por haber publicado material bajo derechos de autor y
se encuentre en cualquier lugar.
“Te lo advertimos, si eres un hacker que ha participado hoy en los
ataques contra los Departamentos que están en contra de los que apoyan SOPA,
por favor, toma precauciones”, añadió este grupo en un tweet.